¿Cómo podemos ayudar?

Documents and Forms

Recursos de RR. HH.

¿Puedo presentar una apelación sobre la cantidad de empleados que se le atribuye a mi empresa?

Si no está de acuerdo con la cantidad de empleados que le atribuimos a su empresa, podemos revisar su cuenta y emitir una nueva determinación. Puede solicitar que revisemos su cuenta. Para ello, debe comunicarse con nosotros (paidleave@esd.wa.gov) y brindarnos información adicional para respaldar su solicitud.

Si no está de acuerdo con la decisión revisada, puede presentar una apelación.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la solicitud de permiso de mi empleado?

Tiene 18 días para impugnar la reclamación de un empleado una vez que reciba la notificación de solicitud del Permiso de cuidado pagado. Ejemplos de las razones por las que puede impugnar una reclamación: Si cree que el empleado no cumple con los requisitos para recibir el beneficio o si no le brindó una notificación adecuada. No retendremos el pago de beneficios durante el período de impugnación. También recibirá otra notificación donde se le informará si se aprobó o rechazó la solicitud del empleado para recibir los beneficios del permiso.