Proveedores de atención médica
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Proveedores de atención médica
Un proveedor de atención médica es un profesional certificado para ejercer la medicina o practicar cirugías de acuerdo con las leyes del estado donde se desempeñe. Entre estos profesionales se incluyen:
- Médicos y osteópatas
- Enfermeros profesionales certificados
- Asistentes médicos
- Parteros y comadronas
- Trabajadores sociales clínicos
- Psicólogos clínicos
- Optometristas
- Fisioterapeutas
- Podiatras
- Dentistas
- Quiroprácticos bajo circunstancias limitadas, y
- Otros proveedores de atención médica identificados en el RCW 50A.05.010 o el WAC 192-500-090.
Como proveedor de atención médica, tiene las siguientes responsabilidades:
Determinar si el estado de salud de su paciente cumple con los requisitos necesarios para recibir un Permiso de cuidado pagado y cuánto tiempo de permiso se le puede otorgar al paciente y a los familiares.
La duración del permiso se basa en la necesidad médica.
Los pacientes o sus familiares no tienen que usar todos sus días de permiso de una sola vez.
Usted determina las fechas de inicio y fin de la afección de salud grave.
Para las afecciones médicas que duran más de un año, ingrese una fecha dentro de un año como fecha final en el formulario.
Llenar el formulario del Certificado de afección grave.
Entregarlo a su paciente o a su familiar dentro de los 7 días siguientes después de haber recibido el formulario para que ellos puedan enviárnoslo.
No puede cobrar una tarifa por completar el formulario.
Si necesita hacer correcciones al formulario, tache la información anterior, escriba la nueva información y luego escriba sus iniciales en los cambios. No podemos aceptar formularios con corrector.
Su paciente o su familiar completan la sección uno. Usted completa la sección dos, donde certifica la afección de salud grave y firma el formulario.
Puede ser útil conservar copias del formulario en su oficina para ayudar a sus pacientes y sus familiares.
Nota: Si su paciente o su familiar lo prefiere, puede usar un formulario de la Ley de Licencia Familiar y Médica (FMLA) o una nota suya, pero debe incluir la información que el WAC 192-610-020 requiere
Autorizar a un representante designado si su paciente no puede hacerlo por sí mismo.
Debe completar el formulario de Representante autorizado designado (disponible contactando a nuestro Equipo de atención al cliente al 833-717-2273) y certificar que:
- Su paciente no puede completar los requisitos administrativos necesarios para recibir los beneficios de Permiso de cuidado pagado,
- Su paciente no puede designar un representante autorizado en su nombre, y
- Está actuando en el mejor interés de su paciente.
Las leyes que se aplican son el RCW 50A.05.010(14), RCW 50A.05.010(23) y WAC 192-800-150.