Mi empresa es una LLC (sociedad de responsabilidad limitada), B Corp (empresa B) o C/S Corp (empresa C/S). ¿Estoy exento del Permiso de cuidado pagado?

Casi todas las empresas de Washington deben participar en el programa de Permiso de cuidado pagado del estado. Si tiene empleados, debe presentar informes y enviar las primas cada trimestre. Los propietarios de empresas LLC (miembros), socios, propietarios de una empresa con un solo dueño y otros tipos de trabajadores independientes no tienen la obligación de participar. Sin embargo, usted puede elegir participar para tener cobertura. Los directivos corporativos, incluso de S-corps, se consideran empleados según la ley del Permiso de cuidado pagado y tienen la obligación de participar.